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Tribunal logra frenar la destrucción de cultivos de coca en Colombia

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Tribunal logra frenar la destrucción de cultivos de coca en Colombia

La consulta para aprobar la erradicación de cultivos de coca en esta zona del Pacífico nariñense se debe realizar respetando a las autoridades y las especificidades culturales de cada comunidad.

Redacción | Primer Informe

A la decisión del Gobierno de Iván Duque de reiniciar la fumigación de cultivos de coca en Colombia, salió un nuevo obstáculo, esta vez por cuenta de una decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, que ordenó la suspensión inmediata de esta erradicación.

Este tribunal tuteló los derechos de las comunidades de la región de Telembí, en la costa del Pacífico nañirense pues estos son “territorios colectivos ancestralmente ocupados por comunidades indígenas y negritudes”.

Ya esto ha ocurrido antes con demandas de este tipo. El tribunal nariñense amparó los derechos de las comunidades argumentando que para el reinicio de la erradicación de los cultivos de coca es necesario cumplir con la consulta previa abierta e informada.

Por eso tuteló los derechos de los municipios de San Andrés de Tumaco, Mosquera, Magüí Payán, Santa Bárbara, Roberto Payán, La Tola, El Charco, Francisco Pizarro, Olaya Herrera y Barbacoas.

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Tribunal trunca decisiones de Iván Duque

Esta decisión del Tribunal se da un mes después de que el Gobierno Nacional expidiera un decreto según el cual las tutelas que se presenten en contra de las decisiones tomadas por el presidente Iván Duque sean resueltas por el Consejo de Estado, según la información de la revista Semana.

No obstante, en este caso se trata de una acción presentada en noviembre de 2020, por la Red de Derechos Humanos del Pacífico Nariñense. 

Y aunque la tutela fue radicada en esa fecha, los accionantes aseguran que incluye la aspersión con glifosato que no fue consultada por las comunidades.

Esto porque la tutela presentada planteaba que, “como medida provisional, se deje sin efectos las decisiones administrativas que autorizaron la realización de operativos de erradicación forzada y de fumigación con glifosato en los municipios del Pacífico nariñense”.

Esta reclama que se cumpliera el punto cuarto del Acuerdo de Paz con las FARC, según el cual “se privilegie la sustitución voluntaria de cultivos de uso ilícito”.

Sin embargo, el fallo solo hace referencia directa a la aspersión con glifosato en tierra, realizada por los erradicadores, y no la que recientemente anunció el Gobierno que realizará desde avionetas. 

Por eso, la decisión aclara que “la ausencia de una consulta previa en materia de erradicación forzada de cultivos ilícitos con aspersión terrestre de glifosato es una de las razones que deben llevar a la suspensión de esos operativos”.

Sobre la consulta previa

El tribunal señala que “de forma preliminar con las autoridades de cada comunidad indígena o afrodescendiente se debe hacer un proceso preconsultivo específicamente orientado a sentar las bases del procedimiento consultivo propiamente dicho a seguir en ese caso en particular.

La consulta se debe realizar respetando a las autoridades y las especificidades culturales de cada comunidad.

La decisión ordena al Ministerio del Interior que en el término de diez días hábiles inicie las diligencias pertinentes para adelantar un proceso de consulta con las comunidades accionantes, mediante un procedimiento apropiado.

“Este proceso deberá completarse en un periodo de noventa (90) días hábiles contados a partir de la notificación de esta providencia, prorrogable, por solicitud de las partes, por una sola vez, por un periodo de sesenta (60) días adicionales”, señala la demanda.

 

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