Reportaje

Las causas por las que avalaron la extradición del hermano narco de Piedad Córdoba

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Las causas por las que avalaron la extradición del hermano narco de Piedad Córdoba

Aunque es solicitado en EEUU por «tráfico de drogas ilícitas, armas de fuego y concierto para delinquir», sólo será extraditado por narcotráfico.

Redacción | Primer Informe

Este 17 de agosto, la Corte Suprema de Justicia de Colombia avaló la extradición de Álvaro Freddy Córdoba Ruiz, hermano de la senadora del Pacto Histórico, Piedad Córdoba.

El recurso del alto tribunal detalló que deberá responder por el delito de narcotráfico y no por el resto de los cargos por los que era requerido por los Estados Unidos.

Álvaro Córdoba fue arrestado el pasado 3 de febrero en El Poblado de la ciudad de Medellín, por la Dirección de Investigación Criminal e Interpol (DIJIN). La Operación Coral ejecutó la medida contra Córdoba junto a Libia Palacio y Alberto Jaramillo. Ambos están también señalados por apoyar logísticamente a la subestructura de ‘Gentil Duarte’ e ‘Iván Mordisco’ de las extintas disidencias de las FARC.

El 23 de marzo, la corte federal del Distrito Sur de Nueva York a través de la Embajada de EEUU en Colombia, solicitó formalmente la extradición de Córdoba.

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El fallo emitido por la magistrada Myriam Ávila Roldán se aclaró que los cargos por los que Córdoba es solicitado en EEUU son «tráfico de drogas ilícitas, armas de fuego y concierto para delinquir». Pero sólo será extraditado por el primer delito.

«El lugar de comisión de los delitos referidos en el cargo uno de la acusación extranjera (concierto para importar narcóticos) tampoco se traduce en causal de improcedencia», manifestó el tribunal.

Dicen también que los hechos por los que solicitan a Córdoba desde EEUU «estaban encaminadas a concertarse para distribuir estupefacientes con destino al país reclamante».

Los cargos dos y tres contenidos en la acusación formal n.° 22 CRIM 121 dictada el 24 de febrero de 2022 ocurrieron en territorio colombiano”, explicó el alto tribunal en el fallo.

A excepción del cargo de narcotráfico, no hay relación directa que vincule los otros delitos con Estados Unidos. «En consecuencia, se impone una circunstancia constitucional que impide la extradición respecto de estas conductas delictivas en concreto y, por ese motivo, el concepto de la Corte por estos cargos habrá de ser DESFAVORABLE».

A pesar de que no será extraditado a EEUU por esos delitos, esas acciones sí tendrán consecuencias penales en Colombia. «No significa que esas conductas ilícitas queden impunes, toda vez que al Estado colombiano le corresponde adelantar la actuación judicial pertinente».

La Corte puntualizó que «la Fiscalía General de la Nación, si no lo ha hecho, deberá iniciar la investigación de dichos ilícitos indicados en la referida acusación foránea».

 

 

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